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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 131
TRIBUNALES DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 131
Cuando se constituyen en tribunales de derecho, extralimitándose de las facultades que les concede el artículo 123 constitucional, infringen, en perjuicio de aquel a quien condenan, las garantías consagradas por el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Jiménez Borreguí Nicolás, sucesión de. 8 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el ponente.