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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 138
BENEFICIOS DE UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 138
Si los beneficios que una ley concede, están subordinados a las condiciones que la misma establece, no puede alegarse violación de garantías porque no se concedan aquéllos, si no se llenaron las condiciones prevenidas por la misma ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Arriaga Fernando. 10 de enero de 1919. Mayoría de diez votos. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el ponente.