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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 229
EMPLEADOS PARTICULARES, SUSPENSION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 229
No puede alegarse que la suspensión de un empleado se encuentre comprendida dentro de las prevenciones de la fracción XXII del artículo 123 constitucional, cuando ha obedecido a la suspensión de labores del patrono, por causa de fuerza mayor.
Precedentes
Amparo civil directo. Weber Federico. 20 de enero de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.