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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 229
CUESTIONES COLATERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 229
Las cuestiones colaterales tocadas por el Juez responsable en su sentencia, pero que no sirvieron para fundarla, no deben ser examinadas en la del amparo que contra aquélla se enderece.
Precedentes
Amparo civil directo. Weber Federico. 20 de enero de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.