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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 267
SUSPENSION BAJO DE FIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 267
El auto relativo no se invalida por el simple transcurso del tiempo, y aunque se haya comunicado a la autoridad responsable, que la fianza no ha sido otorgada, el interesado no pierde el derecho al beneficio que le concede la suspensión, si satisface legalmente el requisito de la fianza.
Precedentes
Queja en amparo civil. Iglesias Enrique. 23 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín de Valle, Alberto M. González y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.