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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 292
EJECUCION DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 292
El Juez tiene que procurar que la situación que produzca el cumplimiento de las ejecutorias de amparo, sea análoga a la que existía antes del acto que motivó el juicio de garantías, sin que pueda extenderse a solucionar, por medio de una resolución incidental, conflictos de otra índole, cuya resolución no toca a los tribunales federales.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Comunidad de San Pedro y Gobernador de Nuevo León. 27 de enero de 1919. Mayoría de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.