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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 310
SENTENCIAS EXTRANJERAS, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 310
Los tribunales sólo deben resolver sobre las circunstancias que las leyes exigen para cumplir una sentencia extranjera, sin tocar para nada la cuestión de fondo, que debe tenerse como definitivamente fallada.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Díaz Manuel. 28 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.