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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 310
SENTENCIAS EXTRANJERAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 310
En la legislación patria, tanto el Código Federal de Procedimientos Civiles, como los Códigos de los Estados, aceptan para la ejecución de esas sentencias, el principio de reciprocidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Díaz Manuel. 28 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.