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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 344
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 344
La Corte, en numerosas ejecutorias, ha establecido la jurisprudencia de que el auto de formal prisión es de los que no pueden reputarse como consentidos, aun cuando no sean interpuestos en su contra los recursos ordinarios y, por lo mismo, dicho auto es siempre reclamable por la vía de amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Deandar Guerra Heriberto. 3 de febrero de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.