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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 378
COTIZACION DE CONTRIBUCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 378
Mientras una cotización de contribuciones no esté legalmente hecha, no está obligado el causante a cubrirla y, por ende, no incurre en mora, si no hace los enteros de impuestos, en los plazos que fija la ley de ingresos respectiva, y la aplicación de la facultad económicocoactiva para hacer efectivos esos impuestos, importa una violación del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Lepe Alberto. 14 de febrero de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.