Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/289648
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 402
DOTACION DE TIERRAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 402
La que se basa en la ley de 6 de enero de 1915, debe hacerse por las autoridades administrativas y no por las judiciales, sin observarse otras formalidades que las que indica la referida ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Carvajal Ricardo. 15 de febrero de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.