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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 412
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 412
No tienen el carácter de árbitros privados, sino públicos; no es la voluntad de las partes la que las organiza y establece, sino la disposición de la ley. En materia de trabajo, ejercen funciones públicas que las leyes determinan, y están sujetas a disposiciones de orden público; por tanto, son autoridades y puede pedirse amparo contra sus determinaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "Victoria y Anexas, S. A.". 15 de febrero de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. Disidentes: Alberto M. González y José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.