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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 425
INTERDICTO DE RECUPERAR.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 425
Conforme a la legislación de Oaxaca, el que lo promueve, debe presentar escrito, solicitando se le restituya la posesión de que ha sido despojado, acompañando los documentos que justifiquen el derecho a esa posesión, y, a falta de ellos, ofrecerá información supletoria de testigos, la que será necesaria, para comprobar el derecho del despojo.
Precedentes
Amparo civil directo. Chiñas Joaquín. 17 de febrero de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.