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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 437
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 437
Puede reclamar los actos en el juicio, que afecten a sus intereses, por medio del recurso de amparo; y los tribunales federales, al resolver los amparos promovidos por tales personas, no resuelven sobre cuestiones de dominio, pues la protección constitucional se funda, única y exclusivamente, en el hecho de la posesión, de la que nadie puede ser privado, sino mediante los requisitos exigidos por la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Méndez Victoria. 17 de febrero de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.