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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 508
LEY DE 9 DE OCTUBRE DE 1916.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 508
Sólo pudo estar en vigor, durante la época preconstitucional, porque tal ley es una verdadera suspensión de garantías y quedó derogada por la Constitución de 1917.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Vázquez Virgilio. 5 de marzo de 1919.Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.