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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 573
PROCESOS, TERMINO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 573
El amparo que se conceda contra la violación consistente en no haberse concluido un proceso dentro del término constitucional, sólo puede tener por efecto obligar a la autoridad responsable a que, con los elementos que existan, sin practicar ya ninguna diligencia de instrucción, falle, desde luego, el asunto, absolviendo o condenando al inculpado.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Mireles Alberto. 12 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.