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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 593
DAÑOS Y PERJUICIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 593
La connotación de las palabras daños y perjuicios, en derecho civil, no puede adoptarse, como regla invariable, para estimar el agravio de una garantía individual, ni para juzgar de la responsabilidad de ese agravio.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Franco de Elizondo Macrina. 14 de marzo de 1919. Mayoría de seis votos. Ausente: José M. Truchuelo. Disidentes: Enrique García Parra, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel, quienes votaron por el sobreseimiento, se revocó la resolución que se revisa, y por unanimidad de diez votos, se concedió el amparo a la quejosa, en los términos de esta ejecutoria. La publicación no menciona el nombre del ponente.