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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 606
ACTOS CONSUMADOS DE UN MODO IRREPARABLE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 606
No pueden estimarse así, los que han sido objeto de una suspensión que ha surtido todos sus efectos legales, y, por tanto, no procede sobreseer en el juicio respectivo, sino resolver, en definitiva, lo que en derecho corresponda.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de sobreseimiento. De la Serna Jesús. 15 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y José M. Truchuelo no votaron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.