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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 651
VIOLACION DE GARANTIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 651
Si bien es cierto que la sociedad está interesada en la averiguación de los delitos, también lo está en que ninguno de sus miembros sufra una violación en sus derechos, y no es forzoso que el inculpado esté preso, para que pueda practicarse la averiguación penal en su contra, ni ella se interrumpe, por virtud del auto de suspensión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Suárez Mariano R. y coagraviados. 21 de marzo de 1919. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el ponente.