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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 901
PRISION PREVENTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 901
Si bien técnicamente no es una pena, sí produce los efectos de tal, con la privación de la libertad; razón por la cual debe equipararse a la pena corporal, para los efectos del recurso de amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Cicler Andrés. 31 de agosto de 1920. Mayoría de siete votos. Disidentes: José María Mena, Benito Flores, Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo IV, página 670. Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia. Calderón Benjamín. 25 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.