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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 694
EJECUTORIAS DE LA CORTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 694
Deben ser obedecidas en sus términos y, para conseguirlo, los Jueces de Distrito deben proceder de acuerdo con las prevenciones de los artículos 779 y 780 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Administrador de Bienes Intervenidos en el Estado de Jalisco. 27 de marzo de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: José M. Truchuelo. La Publicación no menciona el nombre del ponente.