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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
289801
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 736

TEXTO AUTENTICO DEL PARRAFO SEGUNDO, DE LA REGLA NOVENA, DEL ARTICULO 107 DE LA CONSTITUCION.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 736

Precedentes

Amparo penal. Revisión del auto de incompetencia. Aragón Alberto. 1o. de abril de 1919. Mayoría de nueve votos. Disidente: Agustín de Valle, en cuanto al primer punto resolutivo, y por mayoría de seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno y Manuel E. Cruz, en cuanto al segundo punto de esta sentencia. Ausente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 289801