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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 825
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 825
Para conceder la suspensión, es requisito indispensable que sean de difícil reparación los daños que se causen al agraviado, con la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Robles Honorio. 15 de abril de 1919. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.