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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 835
DISPOSICIONES GENERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 835
Las leyes que establecen excepciones a las leyes generales, no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las mismas leyes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gallástegui Francisco y Enrique. 16 de abril de 1919. Mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, Enrique García Parra y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.