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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 841
CUOTIZACION DE GIROS MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 841
Como la ley no establece reglas para determinar cuáles son los artículos o efectos de comercio comprendidos dentro de cada ramo, debe estarse, para hacerla, a las costumbres y usos comerciales; y, si en el juicio de garantías promovido por dicha cuotización, no se cuida de demostrar cuáles son esos usos y costumbres, debe estarse al criterio judicial.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "A. Reynaud y Compañía". 16 de abril de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.