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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 874
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 874
No puede calificarse de confiscatoria, la que no se prueba que está en desproporción con la cuantía de los bienes del multado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Conde José del Carmen. 18 de abril de 1919. Mayoría de seis votos. Disidentes: Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno, Victoriano Pimentel y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.