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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 933
LEYES MINERAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 933
El artículo 51, en relación con el 9o., transitorio, de la Ley Minera de 25 de noviembre de 1909, deroga todas las leyes y prevenciones sobre minería, a excepción de las de carácter fiscal, que continúan en vigor, en lo que no están modificadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Suinaga de Aspe Guadalupe y coagraviados. 30 de abril de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.