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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1051
DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1051
La que no fuere iniciada por el quejoso, deberá ser ratificada por éste, dentro de los términos de la ley, so pena de que se sobresea en el juicio.
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Valiente Juan y Lezama Simón. 10 de mayo de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.