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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1055
FILIACION ANTROPOMETRICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 1055
El artículo 233 del Código de Procedimientos Penales del Distrito, previene: que si antes de cumplirse el término constitucional, el inculpado ha sido puesto en libertad bajo caución, o bajo protesta, no se dictará el auto de formal prisión; pero tal disposición no es óbice para que se llene la formalidad procesal de la filiación antropométrica del acusado, que el mismo precepto ordena.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Traslosheros Carlos. 10 de mayo de 1919.Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.