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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290034
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 29
CODIGO SANITARIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 29
El castigo de su infracción no constituye una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal", S. A. 3 de julio de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Santiago Martínez Alomia, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz, y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.