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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290036
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 38
COMPETENCIA EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 38
La Suprema Corte sólo la tiene para conocer, en única instancia de las demandas de amparo promovidas contra sentencias definitivas, y siempre que no proceda contra ellas algún recurso ordinario, por el cual pueden ser revocadas, confirmadas o modificadas.
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Rahamé Pedro y Camilo. 3 de julio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.