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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 92
APELACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 92
Sólo pueden interponerla el litigante condenado y el litigante vencedor, agraviados por la resolución del Juez. Como corolario de lo anterior, el que no es litigante no puede introducir ese recurso.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Torres Aranda Francisco. 6 de julio de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.