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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 92
ACUMULACION DE AUTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 92
Si los pleitos se siguieren en juzgados diferentes, se promoverá la acumulación ante aquél que conozca del juicio al que los otros deban acumularse; el pleito más moderno se acumulará al más antiguo, salvo los casos de juicio atractivo, en el cual la acumulación se hará siempre a éste, y de los juicios hipotecario y ejecutivo, a los que se acumularán los de otra especie que se hubieren promovido.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Torres Aranda Francisco. 6 de julio de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.