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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 102
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 102
El amparo contra ellas procede sólo después de que, en los juicios en que se cometieron, se haya dictado sentencia definitiva, contra la cual no proceda ningún recurso ordinario.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Cortés Alejo A. y coagraviados. 8 de julio de 1918. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique M. de los Ríos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomia, La publicación no menciona el nombre del ponente.