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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 106
PENAS, IMPOSICION DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 106
La que se hace con estricto apego a las disposiciones legales pertinentes, no es reclamable en vía de amparo.
Precedentes
Amparo penal directo, interpuesto ante la Suprema Corte. Lemus Francisco. 8 de julio de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.