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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 158
TITULO PROFESIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 158
La Constitución no ha considerado urgente su exigencia para el ejercicio de las profesiones, por lo cual no puede, jurídicamente, considerarse que la sociedad se perjudica con permitir el libre ejercicio de ellas.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Arreola Prudencio P. 9 de julio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.