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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 240
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 240
La Corte, en diversas ejecutorias, ha sentado el principio de que: debe considerarse en vigor, sólo en lo que no pugne con la Constitución de 1917.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Martín del Campo viuda de Flores Ramona. 13 de julio de 1918. Ausente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.