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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 271
DEMANDA DE AMPARO IMPRECISA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 271
La que se admitió y tramitó sin mandarla aclarar, en los términos de la ley, debe examinarse y decidirse sobre ella, no obstante esa deficiencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Peláez Vicente. 19 de julio de 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: Alberto M. González. Disidentes: Santiago Martínez Alomia, Agustín Urdapilleta, y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.