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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 341
CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 341
Los anteriores al 9 de septiembre de 1914, deben regirse por las disposiciones generales de derecho, que no han sido derogadas por el decreto de 14 de diciembre de 1916.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Illingworth Hilario. 26 de julio de 1918. Unanimidad de once votos, en cuanto al primer punto, y por mayoría de ocho, respecto al segundo. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.