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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 387
CONVENIOS PARA EL PAGO DE CONTRIBUCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 387
Los celebrados entre el propietario y el arrendatario de una finca, no pueden ser invocados, a su favor, por el fisco, para exigir el pago al arrendatario, por ser aquél un tercero, extraño a ellos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Urtaza Francisco, sucesión de y coagraviados. 5 de agosto de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.