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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 391
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 391
Debe decretarse siempre que el acto, motivo de la queja, haya quedado irreparablemente consumado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Iglesias Antonio L. 5 de agosto de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Victoriano Pimentel, Enrique Colunga, y Salvador Martínez Alomia. La publicación no menciona el nombre del ponente.