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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 394
ACUSADOR O QUERELLANTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 394
Por regla general, no tiene derecho de acudir al amparo, contra las resoluciones que en el juicio penal se dicten, cuando tengan relación sólo con la responsabilidad criminal del acusado.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento. Cuervo José. 6 de agosto de 1918. Mayoría de seis votos. El Ministro Enrique M. de los Ríos no asistió al examen ni a la votación del asunto, por el motivo que se expresa en el acta del día. Disidentes: José M. Truchuelo, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz, y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.