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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 428
SOBRESEIMIENTO POR IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 428
No debe decretarse, porque el amparo se pida solamente contra la autoridad que ejecuta y no contra la que ordena el acto que se reclama, pues el amparo debe pedirse contra cualquiera de ellas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Castillo Julián. 12 de agosto de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.