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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 478
PRUEBAS EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 478
De los términos del artículo 107, fracción IX de la Constitución, no puede deducirse que está prohibida la preparación, exhibición y recibo de las pruebas, antes de la audiencia, en el lapso que media la presentación de la demanda y la celebración de aquélla.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Vela Ventura. 15 de agosto de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.