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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 487
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 487
Es improcedente la que se interpone contra un Juez de Distrito, porque se limita a cumplir con su deber, admitiendo y tramitando las demandas de amparo que satisfacen los requisitos de la ley.
Precedentes
Queja en amparo civil. De Valle Enrique. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.