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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 509
SENTENCIAS EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 509
Las que pronuncien los Jueces de Distrito, en los casos de su competencia, no causan ejecutoria, si alguna de las partes interesadas, entre las cuales se cuenta la autoridad responsable, ha interpuesto, en tiempo y forma, el recurso de revisión.
Precedentes
Queja en materia civil. Contreras viuda de Vallarino Dolores. 19 de agosto de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.