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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 366
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 366
En materia de trabajo, ejercen funciones públicas que las leyes determinan y están sujetas a disposiciones de orden público; por tanto, son autoridades y puede pedirse amparo, contra sus determinaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Díaz Ordaz Carlos. 24 de enero de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo III, página 553. Amparo administrativo en revisión. "Lane Rincón Mines Incorporated". 23 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos, respecto al amparo que se concede; por mayoría de ocho votos, por lo que toca al punto primero resolutivo del laudo arbitral. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. Disidente: Alberto M. González; y por mayoría de siete votos, por lo que se refiere al segundo punto del laudo referido. Disidentes: Alberto M. González y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.