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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 567
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 567
Es improcedente su imposición a los funcionarios contendientes, cuando no ha habido temeridad por parte de ninguno de ellos, al sostener la contienda jurisdiccional.
Precedentes
Competencia positiva, en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Yucatán y Primero de lo Criminal de Mérida. 27 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo III, página 489. Competencia negativa en materia penal. Suscitada entre los Jueces Tercero del Ramo Penal de Durango, y de Distrito en el mismo Estado. 15 de agosto de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno, y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo III, página 400. Competencia negativa en materia penal. Suscitada entre el Juez Segundo Supernumerario, de Distrito, del Distrito Federal, y el General Jefe de la Guarnición de la Plaza de México. 6 de agosto de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo III, página 321. Competencia positiva. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia del Departamento de Pichucalco, Estado de Chiapas, y del Partido Judicial de la Sierra, Estado de Tabasco. 25 de julio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.