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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 579
SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 579
Las que se pronuncien en juicios de amparo, deben ocuparse solamente de individuos particulares, limitándose a protegerlos en el caso especial, sobre el cual recaiga la sentencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Aguilar Solís Luis María y coagraviados. 28 de agosto de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos y Enrique Moreno. Disidentes: Enrique Colunga, Ernesto García Parra, y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.