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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 290480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 720
ADULTERIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 720
No puede tenerse como prueba fehaciente de ese delito, el solo hecho de que la mujer dé a luz un hijo, después de nueve meses de haberse separado oficialmente de su esposo, si no hay pruebas suficientes para suponer que dicho hijo fue el resultado de una unión ilegítima.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Parra Ruiz de Sandoval Consuelo. 9 de septiembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ernesto García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.